Portal del Barrio Parque Chas
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Buenos Aires, Argentina /
Código de edificación

 

5.4.1.2 Distrito Rlb:a) R1bI1) Carácter: Zonas destinadas al uso residencial exclusivo con viviendas individuales y colectivas de densidad media - baja y altura limitada.2) Delimitación: Según plano de Zonificación.3) Subdivisión: Según normas generales de la Sección 3.4) Tipología: edilicia: Se permiten edificios entre medianeras, de perímetro semilibre y de perímetro libre de altura limitada.Disposiciones particulares


a) Edificios entre medianeras


Tejido: Cumpliran con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:
R=h/d=1
FOT máximo=1
FOS= el que resulta de la normas de tejido , salvo lo dispuesto en los Cuadros de Usos Nº.5.2.1
Altura máxima 11,60 m acontar desde la cota de la parcela determinada por la Dirección de Catastro, permitiéndose la construcción de un piso retirado dentro de un plano delimitado por una línea a 45º desde la altura 11,60 m y con un plano límite de 14,60 m desde la cola de la parcela.En los casos de techos inclinados la semisuma de las alturas máxima y mínima de la cubierta no deberá sobrepasar los planos límites indicados.Retiro de frente mínimo: en parcelas intermedias de 3m.En parcelas de esquina 3m y 1 m desde las respectivas líneas oficiales. El propietario podrá determinar las L.O. respecto de las cuales efectuará cada uno de los retiros.

b) Edificios de perímetro libre

Tejido: Cumpliran con las disposiciones generales de la Sección 4 de acuerdo a:
R=h/d=1
r = h'/d' = 1,5
FOT máximo = 1
FOS= el que resulte de las normas de tejid, salvo lo dispuesto en los Cuadros de Usos Nº.5.2.1Retiro de frente mínimo: 3,00 m.Altura máxima: 11,60 m a contar desde la cota de la parcela, permitiéndose la construcción de dos pisos retirados dentro de un plano delimitado por una línea a 45º desde la altura de 11,60 m y con un plano límite de 17.60 m desde la cota de la parcela.En los casos de techos inclinados, la semisuma de las alturas máxima y mínima de la cubierta no deberá sobrepasar los planos límites indicados.5) Usos: Los que resulten de aplicar las disposiciones de los Cuadros de usos Nº 5.2.1.6) Observaciones: El retiro de frente será medido a contar de la L.O. pudiendo el Consejo determinar su forma de ejecución en armonía con las construcciones existentes en los linderos y la localización y dimensiones de la parcela.7)


Casos Particulares


7.1) Sector Parque Chas. En el polígono delimitado por los ejes de las calles La Pampa, Burela, Constantinopla, eje de la Av de los Constituyentes, deslinde con Distrito C3II de Av. De los Incas (vereda noroeste) y deslinde con Distrito C3II de Av. Triunvirato, y el polígono delimitado por los ejes de las Avenidas de los Constituyentes, Av. Victorica y deslinde con Distrito C3II de Av. De los Incas, no será exigible el retiro de frente en parcelas intermedias y de esquina.No se permite el uso "Alimentación en general", del Cuadro de Usos Nº 5.2.1 a).En las parcelas frentistas de Av. De los Incas (vereda noroeste), entre Av. Victorica y Av Triunvirato, se admitirán los usos permitidos para el Distrito C3, según lo dispuesto en el Cuadro de Usos 5.2.1. a)

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