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Buenos Aires, Argentina /
Fecha de Publicación:02/11/07 Fuente:GCBA

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PARA GARANTIZAR EL DERECHO A SER DIFERENTE

Se deberá respetar la identidad de género en los hospitales públicos porteños


Así lo dispuso el ministro de Salud de la Ciudad de Buenos Aires, Doctor Alberto De Micheli mediante la firma de la Resolución Nº 2272/2007.


Aunque ya se implementaba, la resolución le otorga un marco legal.

La misma plantea que “cuando una persona utilice un nombre distinto al original por considerarlo representativo de su identidad de género adoptada o autopercibida, y a su solo requerimiento, dicho nombre deberá ser utilizado para la citación, registro, llamado y otras gestiones asociadas”.

La iniciativa tiene como objetivo garantizar el respeto de la identidad de género, adoptada o autopercibida, de todas las personas que concurran a las instituciones públicas de salud de la ciudad.

Desde hace muchos años las personas –travestis, transexuales y transgéneros– acceden a los hospitales públicos cuando su salud está muy deteriorada. Si no lo hacen antes, en parte, es por temor a padecer algún tipo de agresión o maltrato vinculado a su género.

Un cambio tan sencillo como el que introduce esta resolución puede significar que las personas perciban al sistema de Salud como contenedor y no lo vean como un espacio hostil.

La medida, basada entre otras normas en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en tratados internacionales, permitirá que cualquier persona que concurra a atenderse elija el nombre por el que desee ser llamada para las distintas prestaciones.

Tal como lo establece el artículo 11º de la Constitución porteña, “se reconoce y garantiza el derecho a ser diferente, no admitiéndose discriminaciones que tiendan a la segregación por razones o con pretexto de raza, etnia, género, orientación sexual, edad, religión, ideología, opinión, nacionalidad, caracteres físicos, condición psicofísica, social, económica o cualquier circunstancia que implique distinción, exclusión, restricción o menoscabo”.

La Ciudad de Buenos Aires promueve la remoción de los obstáculos de cualquier orden que, limitando de hecho la igualdad y la libertad, impidan el pleno desarrollo de la persona y la efectiva participación en la vida política, económica o social de la comunidad.




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